lunes, 5 de marzo de 2007



12. El estilo de política educativa de Joaquín Baranda.-Baranda inaugura un nuevo estilo de política educativa. A la luz de ella" pueden explicarse sus éxitos en este ramo de la administración. En su forma de hacerla pueden advertirse las siguientes directrices:
a) Concibe la tarea de la política educativa en forma de sistema y plan. Cada uno de sus proyectos aparece situado en un lugar preciso e inequívoco, dentro de un cuadro de realizaciones.
b) Estudia bien y detenidamente en cada caso los antecedentes históricos y las circunstancias del momento, en relación con la institución pedagógica planeada. Los hechos se entienden mejor cuando se les concibe como momentos de una evolución histórica.
c) Busca, para encauzar sus reformas, apoyo permanente en las gentes no sólo de gran prestigio nacional, sino también en los pedagogos especialis­tas. Entre sus colaboradores contó siempre a los maestros más distinguidos de la época.
d) Concede gran importancia a la propaganda, siempre discreta y eficaz. No lucha contra la opinión pública; la instruye.
e) Sin excepción, pone el valor de las instituciones por encima del des­tino de las personas. Cuando es preciso, sacrifica la carrera política de un hombre. Él mismo fue víctima de la política personalista de Limantour.
f) En fin, reviste a las instituciones creadas o fundadas de la forma jurí­dica. Como gran jurisconsulto, concibe el derecho a manera de la espina dorsal de la vida colectiva.

11. Instituciones de influencia educativa y escuelas no dependientes de la Secretaría de Justicia e instrucci6n Pública.-Otros planteles docentes que no dependía del Ministerio de Educación cobraron en esta época cierto auge, de seguro, bajo la vigorosa influencia de la comprensiva y sistemática reforma promovida y realizada por Joaquín Baranda. De ellas, hay que mencionar: el Colegio Militar, la Escuela Naval, la Escuela de Bandas militares y la Escuela de la Maestranza (bajo la dirección de la Secretaría de Guerra), y la Escuela de Telegrafistas (de la Secretaria de Comunicaciones y Obras Públicas).
En segundo lugar, ilustra la época el incremento que experimentaron algu­nos institutos científicos, fundados con anterioridad (Observatorio Meteoroló­gico Central, Observatorio Astronómico, Instituto Médico, Instituto de Geolo­gía...), y la creación de otros (Instituto Patológico, Consejo Superior de Salubridad. . . ) .
Las bibliotecas y los museos fueron objeto de grande y reiterada atención. Hacia 1900, daban servicio en la República alrededor de 90 bibliotecas)' 26 museos. Fue también importante la Ley de 11 de mayo de 1897, "que ordenó la protección y el patronato nacional de los monumentos arqueológicos"'. "Los monumentos arqueológicos, decía el artículo primero de esta Ley, existentes en territorios mexicanos son propiedad de la Nación y nadie podrá explorarlos, removerlos ni restaurarlos sin autorización expresa del Ejecutivo de la Unión".
Tuvieron perceptibles influencias, en fin, las sociedades científicas y litera­rias. Aunque no siempre tuvieron larga existencia, lograron, a veces protegidos por el Gobierno, difundir sus ideas. De las 40 -existentes, las más importante_ eran: la Sociedad Positiva, que se propuso tener eficaz acción social; las Academias de Medicina, de Legislación y Jurisprudencia, de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, y de la Lengua, así como la Sociedad Científica Antonio Alzate y la de Geografía y Estadística.


10. La enseñanza profesional de esta época.-Revistieron grande importan­cia, igualmente, las innovaciones realizadas en los diversos ramos de la enseñanza profesional, durante el último lustro del siglo.
Por Ley de 15 de septiembre .de 1897 se reforma el plan de enseñanza de la Escuela Nacional de Ingenieros. En dicha Ley, redactada de acuerdo con las sensatas recomendaciones de don Leandro Fernández, se crea la carrera de ingeniero electricista; se modifican los procedimientos del aprendizaje intensificando las prácticas del laboratorio, y se incorporan, bien que de manera in­cipiente 105 trabajos de investigación.
La Ley de 30 de noviembre de 1897 se ocupa de la Escuela Nacional de Jurisprudencia. La comisión designada para elaborar el nuevo plan de estudios, estuvo integrada por don Jacinto Pallares, don Tomás Reyes Retana y don Miguel Macedo. Por desgracia, las ideas renovadoras de este último, como la de introducir el estudio de la sociología y la de dar otro ordenamiento a las asignaturas no fueron aceptadas.
En 1899 existían en la República 20 escuelas de Jurisprudencia; algunas de ellas contaban con la carrera de Notario.
Palmaria importancia tuvo la reforma de los estudios médicos (Ley de 15 de diciembre de 1897). Se formaron tres comisiones, integradas por los hombres de mejor adquirida reputación científica: Chacón, Lavista y Liceaga, para el plan de estudios médicos; Lucio, Herrera y Morales, para la carrera de farmacia, y tres afamados especialistas para los cursos de obstetricia.
En tres capitales ideas se fundó la reforma de la Escuela Nacional de Me­dicina:
se incorporaron al plan de estudios, como obligatorias, las materias de bacteriología, oftalmología, enfermedades mentales, anatomía e histología patológica;
se aumentó considerablemente el número de clínicas, y
se dio un ordenamiento más lógico y didáctico a las enseñanzas todas.

Al finalizar el siglo XIX, funcionaban en la República 10 escuelas de medi­cina. La de México, entonces, tuvo fama de rivalizar con muchas extranjeras.
La seguía en importancia la de Guadalajara.
La reorganización de la Escuela Nacional de Bellas Artes (Ley de 15 de diciembre de 1897) fue obra del entendido arquitecto Samuel Chávez. En la carrera de arquitectura se crearon nuevos cursos teóricos y prácticos de ornamentación "destinados a conseguir que, diferenciándose netamente de los in­genieros, los arquitectos mexicanos fueran no sólo constructores, sino verdade­ros artistas". Se mejoran, asimismo, las carreras de pintores, escultores Y grabadores, exigiéndose a todos ellos estudios académicos. En 1899, la sola escuela de Bellas Artes en la República era la de la capital.
El Conservatorio Nacional de Música, había nacido en 1866, como uno de los propósitos fundamentales de la Tercera Sociedad Filarmónica. Su primer director fue el padre Agustín Caballero. Le sucedió Agustín Balderas, hasta 1881. En 1877 había sido nacionalizada esta institución. Siendo director de ella (de 1881 a 1892) Alfredo Bablot, se formaron allí los músicos más represen­tativos de la llamada primera generación del Conservatorio: Ricardo Castro (1864-1907), Felipe Villanueva (1863-1893) y Gustavo E. Campa (1863-1934). Muerto Bablot, ocupa la dirección Ricardo Castro (hasta 1907). Durante esta época destaca la segunda generación, a la que integran, además de Luis G. Salo­ma, los hermanos Rocha, Julián Carrillo, Velino M. Preza y Rafael J. Tello y los discípulos de Carlos J. Meneses (1863-1929). Pedro Luis Ogazón, Alberto Villaseñor, Luis Moctezuma y César y Carlos del Castillo. En diciembre de 1899 se expidió una ley que mejoró y amplió muy significativamente su plan de enseñanzas: se creó la carrera de artes dramáticas y declamación.
La enseñanza técnico-elemental también experimentó nuevo y benéfico im­pulso, debido a la reorganización de la Escuela Nacional de Artes y Oficios.

9. Reformas en la enseñanza preparatoria y situación de ésta en el país al negar el siglo XX.-Concluida la reforma de la enseñanza normal y de la enseñanza primaria, puso gran empeño el conspicuo Ministro en reformar la enseñanza preparatoria.
Al efecto, encargó a don Ezequiel A. Chávez la redacción de un proyecto que, una vez formulado, fue sometido al ilustrado dictamen de un cuerpo cole­giado que el propio ministro Baranda tuvo a bien presidir. Discutido, y aprobado casi en todas sus partes, el proyecto dio pie a la Ley de 19 de diciembre de 1896.
En la lúcida reforma campea aún el principio comtiano (o spenceriano) del ordenamiento didáctico de los conocimientos; pero, en honor a la verdad, se conciben en él la educación de los adolescentes por manera completa: se trata de formar en ellos, tanto sus capacidades físicas e intelectuales como su conciencia moral y gusto estético.
Aunque se conserva el lapso de cinco años para hacer los estudios del bachillerato, se distribuyen éstos en períodos semestrales. El plan de enseñanzas comprende:
A. Aritmética y Álgebra; Geometría y Trigonometría, y Nociones de Cálculo infinitesimal, Cosmografía, Física, Zoología, Psicología, Lógica y Ética.

B. Geografía universal" Geografía de México, Historia antigua y medieval, Historia moderna y contemporánea, Historia patria.
C. Lenguaje, Literatura, Raíces griegas y latinas.
D. Lenguas modernas (francés e inglés).
E. Dibujo lineal, topográfico Y al natural.
F. Moral e Instrucción cívica, explicadas a través de la vida de los grandes hombres (Historia de la Filosofía y de las Ciencias).
G. Ejercicios físicos (gimnasia y deportes) y Canto coral.

El flamante plan de estudios, como se advierte, era rígido. No tomaba en cuenta las diversas aptitudes académicas de los alumnos. Carecía, además, de orientaciones didácticas, o metodológicas.
Sin embargo, el maestro don Ezequiel A. Chávez propugnaba una enseñanza experimental, y, consecuentemente, la necesidad de crear adecuados laboratorios, inclusive uno de psicología.
Palmarias resonancias tuvo la reorganización de la Escuela Nacional Pre­paratoria en la mayor parte de los Estados de la República. Muy pronto, Chihuahua, Oaxaca. Guerrero y Chiapas aceptaron, con ligeras modificaciones, el nuevo plan de enseñanza. Asimismo, en Veracruz, Campeche y Guadalajara se extendió su bienhechora influencia.
Hacia 1900 existían en la República 33 escuelas preparatorias oficiales. Sólo los Territorios Federales de Tepic y Baja California y los Estados de Sonora y Calima no contaban con ellas. Después de la Escuela Nacional Preparatoria, los mejor atendidos eran los institutos preparatorios de Guadalajara, Puebla, Guanajuato, San Luis Potosí, Oaxaca, Jalapa y Michoacán.
Como se comprende de suyo, la influencia de la repetida reforma extendióse a las escuelas preparatorias particulares, cuyo número en todo el país ya pasaba de 30 (incluyendo los planteles de enseñanza secundaria de señoritas). Entre estos últimos, los más concurridos por damas de familias ricas eran las llamadas Escuelas del Sagrado Corazón.


8. La Dirección General de Instrucción Primaria y el estado que guardaba la educación elemental en, la República en 1900.-Gracias a la propaganda pedagógica de los Congresos Nacionales de Instrucción y a las leyes de 1888­1891 y 1892, se había ido definiendo y vigorizando la idea de la uniformidad de la enseñanza primaria en la República. Faltaba, empero, un órgano admi­nistrativo, para asociar los esfuerzos hechos hasta ahora, darles cohesión y fun­didos en una unidad práctica.
Atento a esta realización, Baranda renovó y perfeccionó el pensamiento de crear una Dirección General de Instrucción Primaria lo que se hizo por una de las prescripciones atinadas de la Ley de 3 de Junio- Se pulsaba en este pen­samiento el problema de la federalización de la enseñanza para evitar que los esfuerzos aislados y heterogéneos vinieran a suscitar la anarquía y dieran al traste con los grandes objetivos de la unidad nacional.
Sin embargo, la plena federalización de la enseñanza habría de ser una obra lenta y de convencimiento por parte de los Estados federativos. Con todo, se podía y debía iniciar semejante plan de unificación pedagógica en el Dis­trito Federal y Territorios Federales. El 3 de junio de 1896 fue promulgado un decreto en el que se reglamentó (en apoyo del Decreto del 19 de mayo de 1896) que la instrucción oficial primaria elemental en el Distrito y Territorios Federales dependería exclusivamente del Ejecutivo de la Unión; que la instruc­ción primaria superior se organizaría como enseñanza media, entre la primaria elemental y la preparatoria, y que quedaba establecida una Dirección General de Instrucción Primaria, a fin de que ésta se difundiese y pudiera ser atendida con uniformidad, bajo un mismo plan científico y administrativo (Cap. VII).
Fue nombrado Director General de dicha dependencia el doctor Luis E. Ruiz, y Secretario de la misma, el profesor Manuel Cervantes Imaz. De inmediato, "se emprendió la labor, dice el señor Ruiz, de recibir las escuelas, darles, dentro de la ley, la homogeneidad indispensable, pues los elementos más disímbolos, en todos sentidos, las tendencias más opuestas, y a veces los hábitos más perniciosos, era lo que presentaban los establecimientos que se iban a amalgamar".
De esta guisa se daba estructura debida a los esfuerzos en este sentido, que Gómez Farías había iniciado en 1833, proponiendo una Dirección General de Instrucción Pública.
Por prescripción de la propia Ley de 3 de junio, se ordenó la nacionaliza­ción de las escuelas de instrucción primaria que antes dependían de los Ayun­tamientos en el Distrito Federal y en los Territorios Federales; la implantaciónen estas escuelas de otras reformas, tales como la enseñanza simultánea, la redac­ción de programas cíclicos, la incorporación de nuevas asignaturas (trabajosmanuales, música coral, etc.).
La referida Ley de 3 de junio trata ya, de manera explícita, de las atribu­ciones y deberes de los inspectores escolares, sobre la base de su doble clásica función, a saber: cuidar de que se cumplan los reglamentos y disposiciones en materia de enseñanza y ver de mejorar, por medio de orientaciones y consejos pedagógicos, la educación primaria en sus aspectos todos. Con la mira de atender también la higiene en las escuelas, se funda acertadamente la Inspección Médica.
La enseñanza primaria alcanzó en la República un alto nivel, en los pos­treros años de la gestión administrativa de Baranda. Entonces la población del país llegaba a la cifra de doce y medio millones de habitantes. De esto,es cierto, 2.500,000, aproximadamente, estaban en edad escolar, y sólo disfrutaban de enseñanza primaria alrededor de 800,000, alojados en 11,800 es­cuelas; de suerte que no más de un 33 por ciento de los niños recibían esta clase de instrucción. Pero hay que recordar que un siglo antes sólo existían 10 planteles destinados a la enseñanza elemental en la Nueva España; en 1843, 1,310; en 1870, 4,500, Y en 1874, un año que señala una época próspera en ma­teria de educación, 8,103, que albergaban una población de 349,000 alumnos; ello es, no más de un 20 por ciento de niños en edad escolar. De las susodichas 11,800 escuelas, 531 estaban radicadas en el Distrito Federal; de las cuales, 202 eran sostenidas por los particulares. Puebla (con 1,149 escuelas) y el Estado de México (con 1,056) poseyeron el mayor número de este tipo de planteles­.
En materia de presupuestos, los progresos fueron, asimismo, palpables. Al paso que en 1874 el Poder Público invirtió en la enseñanza primaria 1.632,000 pesos (las escuelas particulares reportaron un gasto de 1.200,000 pesos), en 1899 la cantidad erogada por los Gobiernos ascendía, aproximadamente, a 4.500,000 pesos.
Tan loable esfuerzo, empero, no había podido combatir el analfabetismo existente en la República. El censo oficial de 1895, a este respecto, arrojó datos desconsoladores: de los 12.631,558 habitantes, 10.445,620 no sabían leer ni escribir, y 328,007 sólo sabían mal leer. Pero desde entonces se preocupó el ministro Baranda de esta delicada cuestión: creó en el Distrito Federal una red de 16 escuelas primarias para adultos (suplementarias), Y recomendó a los Gobiernos de los Estados que fundaran parecidas instituciones en sus propios territorios.


7. El Decreto de 19 de mayo de 1896 y una concienzuda reorganización integral de la enseñanza.-A lo largo de los tres primeros lustros de la fecunda gestión administrativa de Baranda, se había ido integrando con solidez el sis­tema educativo de la República. Además de las Escuelas Normales, se promovió con el éxito deseado la fundación de la Escuela Práctica de Maquinistas (1890), que hubo de alojarse en la Escuela Nacional de Artes y Oficios. En este último plantel se enseñó ya con la debida extensión y profundidad la telegrafía.
En la Escuela de Medicina se crearon cátedras de perfeccionamiento, tales como la de Anatomía Patológica, en 1891, y la de Clínica de Enfermedades infantiles, en 1892.
De parecidos esfuerzos dan testimonio también las mejoras que elevaron el nivel de las enseñanzas en el Conservatorio Nacional de Música y en la Escuela Nacional de Agricultura.
Logrado que hubo todo esto, que era oportuno y conveniente y precisamente por ello, comprendió Baranda revisar y reorganizar toda la enseñanza, "ya para acentuar los parciales mejoramientos que se habían impreso a determi­nadas instituciones, ya para modificar de un modo más completo la dirección seguida".
Resuelto a acometer la magna empresa solicitó y obtuvo del Congreso de la Unión que facultara al Ejecutivo para llevar a cabo las reformas indispen­sables en la enseñanza, en todos sus grados e instituciones. Dicha autorización fue dada por decreto de 19 de mayo de 1896.
Ya para entonces había encomendado a diversos grupos de eminentes hom­bres de ciencia, el estudio de las reformas pertinentes que debían y podían iniciarse en las diferentes instituciones docentes. A los dictámenes rendidos por estas expertas comisiones, dióseles forma jurídica, convirtiéndose de esta suerte en una serie de ley, es a cual más juiciosa y circunspecta.
Los procedimientos puestos en práctica para iniciar la reforma fueron por demás eficaces y satisfactorios. Al cabo de un año quedaron promulgadas las leyes reglamentarias que, con apoyo en el susodicho decreto de 19 de mayo, modificaron, mejorándola en su conjunto y en sus partes, la enseñanza toda de la República. Y a fines del siglo, como puede advertirse en los datos que a continuación se insertan, se obtuvieron los primeros rendimientos de esta reforma tan total de la educación pública, como no se había siquiera intentado desde 1867.

6. Consecuencias inmediatas de la obra de los congresos de instrucción y de las nuevas leyes educativas en orden a la enseñanza primaria y normal. ­Poco después de haberse clausurado l_ Congresos Nacionales de Instrucción, la enseñanza en la República experimentó muy notorios y benéficos efectos en todas partes.
En mayo de 1892, se reorganiza la enseñanza normal en la capital de la República. Se ordena que las asignaturas de la carrera se distribuyan en cinco años y no en cuatro, como ocurría hasta entonces (en virtud de ello, pudieron figurar dentro de él nuevas materias de enseñanza). De las atinadas innovaciones hay que mencionar: el debido incremento que se concede a la enseñaza de la didáctica especial, o metodología relativa a cada asignatura; la consecuente necesidad de las prácticas docentes de los futuros maestros; la implan­tación de nuevas formas para estimar el aprovechamiento de los alumnos; las mejoras introducidas en las escuelas primarias anexas, a fin de que éstas llegaran a ser verdaderos centros de práctica y experimentación pedagógicas, y más acertados procedimientos para seleccionar a los maestros de los institutos normales.
Bajo la influencia de estas reformas puestas en vigor en las Normales de la capital, los Gobiernos de los Estados se dedicaron a fundar planteles simila­res o a perfeccionar la organización de los ya existentes.
A la vuelta del siglo contaba la República con cuarenta y cinco escuelas normales (veintidós para varones, veintiuna para señoritas y dos mixtas), bien que la mayor parte de ellas estaban incorporadas en edificios de escuelas preparatorias o secundarias. Tan sólo los Estados de Sonora, Morelos y Colima carecían de instituciones destinadas a formar maestros de enseñanza primaria. En cambio, en los Estados de Veracruz y de Jalisco la enseñanza normal rivalizaba con la impartida en la capital de la República.
En la enseñanza primaria las reformas tuvieron un carácter acentuadamente técnico y social. Como se ha dicho ya, en 1890 se ordena la supresión de las escuelas lancasterianas, por considerarse anacrónica su existencia. Por Ley de marzo de 1891, se da forma legal a las más importantes indicaciones del Primer Congreso de Instrucción relativa a la redacción de programas, horarios, metodología de la educación física, etc.
En 1892 se ataca el problema de la educación de los adultos. Se prescribe la fundación de dos clases de escuelas para ellos: las suplementarias, para adultos que carecían por completo de la instrucción primaria, y las comple­mentarias, para aquellos que quisieran concluir sus estudios elementales. En unas y en otras la enseñanza tuvo en cuenta las necesidades profesionales de los alumnos, y por ello, se impartieron en ellas clases de dibujo y de conoci­mientos indispensables en la práctica de artes y oficios.
5. Los Congresos de Instrucción de 1889 y 1891.-EI propio ministro Baran­da, en Memoria de 1892, venia a justificar los acontecimientos de este modo. No bastaba promulgar la Ley: era necesario procurar su desarrollo y pensar en la unificación de sistemas de todos los Estados de la República, y como primer paso, se inició la celebración del primer Congreso de Instrucción, con el fin de buscar, en un esfuerzo colectivo, la unidad de la legislación y regla­mentos escolares, tan necesarios a cimentar la obligación de la enseñanza.
Por ello, la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública invitó a los gober­nadores de los Estados para que, por medio de sus representantes, participaran en este problema de la unificación de la enseñanza en la República, mediante una adecuada legislación que respetaría la soberanía de las entidades federales,
Todos los gobernadores nombraron sus respectivos delegados, y el día lo. de diciembre de 1889 se inauguraron solemnemente las sesiones del Congreso, que, por su importancia, fue llamado por el ministro Baranda Congreso Constituyente de la Enseñanza.
La Mesa Directiva del Consejo quedó integrada por don Joaquín Baranda (como presidente honorario); Justo Sierra, como presidente de trabajos; Enri­que C. Rébsamen, como vicepresidente; Luis E. Ruiz, como secretario, y Manue! Cervantes Imaz, como prosecretario.
Las conclusiones aprobadas por el Congreso fueron de capital importancia.
Con respecto a la enseñanza elemental obligatoria, se aprobó que:
1. Es posible y conveniente un sistema nacional de educación popular teniendo por principio la uniformidad de la instrucción primaria gratuita y laica.
2. La enseñanza primaria elemental debe recibirse en la edad de seis a doce años.
3. La enseñanza primaria elemental obligatoria comprenderá cuatro cursos o años anteriores.
4. El programa general de enseñanza primaria obligatoria será integral.

Tocante a las escuelas rurales, los maestros ambulantes v las colonias infantiles, se plantearon las siguientes cuestiones, cuyas resoluciones fueron afir­mativas:

¿Son necesarias lás escuelas rurales en algunos de los lugares de la Re­pública? ¿Son indispensables, en otros, los maestros ambulantes? ¿Cuál debe ser la organización de las primeras y cuál el sistema de enseñanza empleado por los segundos?

¿Es conveniente el establecimiento de colonias infantiles como un medio cooperativo de la enseñanza primaria obligatoria? ¿Si se aceptan estas colonias, qué organización debe dárseles?
En fin, se discutieron problemas acerca de las escuelas de párvulos, de las escuelas de adultos, de la necesidad de introducir en la enseñanza los trabajos manuales y la educación física, de los emolumentos de los profesores y de la necesidad de organizar la inspección escolar.
Con todo, no fueron suficientes las sesiones del Congreso para abordar con amplitud todos los problemas que flotaban en el ambiente. De ahí que haya sido preciso la celebración de un segundo Congreso Nacional de Instrucción, que, inaugurado el 1 de diciembre de 1890, clausuró sus sesiones el 28 de febrero de 189l.
Durante las sesiones de este segundo Congreso se plantearon y resolvieron problemas acerca de la enseñanza normal, preparatoria y profesional (Jurispruden­cia, Medicina, Bellas Artes, Artes y Oficios), además de otros tópicos relativos a la educación primaria, que no habían sido tratados en el Congreso anterior.
En el Congreso de 1891 participaron: Justo Sierra, Manuel Flores, Luís E. Ruiz, Alberto Díaz Lombarda, Francisco Gómez Flores, Enrique C. Rébsamen, Ramón Manterola, Rafael Aguilar, Miguel Serrano, Porfirio Parra, Pedro Díaz Gutiérrez, Francisco Bulnes. Carlos Rivas, Miguel Schultz y Rodríguez y Coss.
4. La inspección escolar.-La Ley reglamentaria de la Instrucción obliga­toria en el Distrito Federal y Territorios (de marzo de 1891)' contiene prescrip­ciones que exhiben una certera comprensión del problema. Con acopio de infor­mación pedagógica y tangible experiencia. de las circunstancias, da normas pre­cisas acerca de los planes y programas de enseñanza, de los tipos de escuela, de los derechos y obligaciones de los maestros, de la forma de practicar los exá­menes, de las condiciones requeridas en e! otorgamiento de premios, etc. Para asegurar la obligatoriedad de la enseñanza organiza unos Consejos de Vigilan­cia, los cuales, establecidos en los municipios y formados por el comisario de policía y dos vecinos del lugar, tienen por objeto cuidar del cumplimiento de la ley en lo relativo al deber de los padres, tutores o encargados de niños en edad escolar, de mandar a éstos a la escuela.
Para coadyuvar por adecuada manera a la uniformidad de la enseñanza, la propia ley estatuye la creación de otros dos cuerpos colegiados: el Consejo Supe­rior de Instrucción, en remplazo de la Junta Directiva y la inspección escolar.
Esta última es, de cuantas creaciones habla la Ley, la más digna de elogio.
Hasta ahora se vinieron a comprender, en todo su alcance, las funciones de control y coordinación de las tareas docentes en las .escuelas primarias.
La Ley reglamentaria no formula, es cierto, un concepto técnico-pedagógico de la inspección. Únicamente indica (Cap. VIII, Arts. 69, 70 Y 71) que el Presidente de la República queda facultado para designar, cuando lo estime conveniente, inspectores para las escuelas oficiales, que, para ocupar dicho cargo se requiere ser mexicano, tener veinticinco años cumplidos, poseer el título de profesor y haber servido con buen éxito en la enseñanza primaria por lo menos cinco años, y que, en caso de no contarse con personas tituladas como profesores, podría eximirse a los candidatos de ese solo requisito.
Pero, sin género de duda, la idea pedagógica de inspección era ya un tópico en los círculos profesionales. Con el nombre de inspección facultativa (es decir, ejercida por maestros, no por otra clase de funcionarios), veinte años antes Antonio P. Castilla pensó en regularizar y dirigir la enseñanza. Por su parte, M. López Cotilla (1800-1861), en un reglamento escolar del Estado de Jalisco, redactado en 1839, concibe la inspección con carácter de poder ejecu­tivo, ya para exigir la observancia de las leyes y mandatos de la Junta Directora, ya para proponer las mejoras necesarias. El mismo López Cotilla fue de­signado inspector.
Como en otra clase de instituciones docentes cuyo desarrollo en la Repú­blica ha esperado el espaldarazo de la Capital, la inspección escolar en México entra en una etapa definitiva hasta la tercera década del siglo XIX. Era natural. La inspección escolar moderna ejercida por el Estado es un hecho tardío. Apa­rece hasta la Revolución francesa. En España, el primer reglamento relativo a la inspección escolar data de 1838.
3. La Ley de instrucción obligatoria de 1888.-Tal unificación, empero, no hubiera sido posible, en tanto que una ley no hubiese venido a establecer la obligatoriedad de la educación elemental mediante un sistema de sanciones eficaces. Así lo comprendió Baranda, quien, comunicó, en 1887, la idea a la Comisión de Instrucción Pública de la Cámara de Diputados, formada por Justo Sierra, Julio Zárate y Leonardo Fortuño. Dicha Comisión formuló un proyecto, que el 23 de mayo de 1888 se convirtió en ley.
Esta ley dividia la instruccion primaria en elemental y superior; indicaba la forma de subvencionar a las escuelas municipales y establecía que la ins­trucción primaria dada por el Estado sería gratuita, al propio tiempo que prohibía que la impartieran ministros de cualquier culto religioso.
Aceptaba la existencia de maestros ambulantes, siempre que, decía el ordenamiento, dado el reducido número de habitantes de un lugar, no hubiese establecida en él escuela, ni les fuere posible a los necesitados de instrucción concurrir a las escuelas de otra localidad por razón de la distancia. El Ejecutivo nombrará, proporcionalmente, maestros ambulantes de instrucción primaria que tendrán por única ocupación recorrer periódicamente aquellos lugares en que no hubiere escuelas, para dar en ellos la enseñanza que determine la ley. El mismo Ejecutivo asignará a estos maestros el radio dentro del cual deben ejercer sus funciones y el método apropiado para esta enseñanza, dándoles, además, las instrucciones que fueren necesarias para el mejor cumplimiento de su encargo.
La obligatoriedad se formulaba en estos términos: la instrucción primaria elemental es obligatoria en el Distrito y Territorios para hombres y mujeres de seis a doce años. Esta instrucción puede adquirirse en cualquier establecimiento oficial o particular, o en lo privado. Los reglamentos de esta ley fijarían los casos de excepción.
Las personas que ejerzan la patria potestad, los encargados de menores y los casos especiales que determinan los reglamentos de esta ley, los dueños de fábricas, talleres, haciendas y ranchos, comprobarán anualmente, con certifi­cados de escuelas oficiales, o a falta de ellos con los medios y requisitos de­terminados por el Ejecutivo, que los niños de que responden están recibiendo o han recibido la instrucción primaria elemental.
Las sanciones por el incumplimiento de este mandato eran multas (hasta de diez pesos) o arresto de uno o dos días.
La ley significaba un progreso en muchos aspectos:, "Indicó con superior acierto las diversas asignaturas; unió de un modo explícito la lectura y la escritura; suprimió la Gramática para sustituirla con la lengua nacional, no la española pura, sino la española modelada por nuestro medio físico y social, por los restos de las civilizaciones a medias desaparecidas y por las creaciones que en México ha hecho surgir la mutua compenetración de las razas; prescribió, además, de un modo independiente, la Geometría; previno, como en las disposiciones anteriores, que se enseñaran la Aritmética y el sistema legal de pesas y medidas; las ciencias físicas y naturales en forma de lecciones de cosas; la Geografía y la Historia nacionales, a la par que la Gimnasia. Por otra parte, dispuso también lo mismo que habían dispuesto los reglamentos ya vigentes, que a las niñas se enseñarían labores manuales, Y, previno que formarían parte dé la instrucción primaria superior de los niños, los ejercicios militares.
"Este vasto y armónico plan no alcanzó, sin embargo, las proporciones que debería haber tenido: no prescribió los trabajos manuales para niños, a pesar de que fueron iniciados, como ya se ha dicho, por la efímera ley de 1867, y de que bajo la atinada protección de don Joaquín Baranda, habían empezado a ser establecidos por el ameritado profesor don Manuel Cervantes Imaz en una de las escuelas nacionales; no los previno, aunque los indicaba el proyecto de los señores Sierra, Zárate y Fortuño, con el carácter de manejo de útiles de los oficios mecánicos que era el que también les había dado la gran ley de Martínez de Castro.
"Por otra parte, la ley de 1888 fue asimismo inferior a lo que debería haber sido y significó un retroceso en cuanto que no prescribió la enseñanza del Canto, no sólo importantísimo como elemento de cultura estética, sino tam­bién de desarrollo del aparato respiratorio, y esto cuando ya la había estable­cido Tagle en sus famosos reglamentos de escuelas primarias, cuando ya lo había ratiíicado don Joaquín Baranda en la escuela primaria anexa a la Normal de Profesores, gracias, sobre todo, a don Ignacio M. A1tamirano, y cuando lo repetía el proyecto mismo de los mencionados Sierra, Zárate y Fortuño".
La reglamentación de la Ley de. Instrucción Obligatoria de 1888 fue apro­bada hasta marzo de 1891, bien que, conforme a expresa disposición, empeza­ría a regir hasta enero de 1892. Fue un acierto el diferir la aplicación de la Ley educativa de 1888, pues entre este año y el de 1892 se celebraron dos Congresos Pedagógicos que vinieron a preparar el ambiente, en obsequio de una mejor aplicación de tan importante ordenamiento jurídico.
2. La fundación de las Escuelas Normales.-La idea de la fundación de es­cuelas normales en México, no era nueva. Muchos años atrás se había pensado ya en crear este tipo de instituciones, como quiera que es una consecuente nece­sidad de la enseñanza, la existencia de maestros que deban impartirla.
Incluso, bajo las sugestiones de los pedagogos más señeros, algunos Estados de la República habían fundado ya escuelas normales, bien que rudimentarias. Dentro de éstas, cabe mencionar la Escuela Normal Mixta, de San Luis Potosí, instituida en 1849, y la Escuela Normal del Estado, fundada en Guadalajara (1881), gracias a. las recomendaciones, años atrás, del eminente maestro don Manuel López Cotilla.
Mejor planeadas fueron las escuelas normales fundadas en Puebla (1879) y Nuevo León (1881), sobre todo la primera, cuyo desarrollo fue debido a ini­ciativa del gobernador del Estado, don Juan N. Menéndez. Michoacán, Querétaro y Veracruz llegaron a tener escuelas normales en 1886. La de este último Estado fue creada, nada menos, como ya se dijo, por Enrique C. Rébsamen.
En 1867, se previno que se fundaran clases especiales para preparar maestros en la Escuela Nacional Preparatoria y en la Escuela Secundaria para Señoritas. Por desgracia, en 1869 se prescindió de ellas por falta de recursos. En cambio, la Sociedad Filarmónica Mexicana, desde 1862, introdujo asigna­turas especiales para preparar maestros de música.
En 1882 era inaplazable la fundación de escuelas normales en la capital de la República. Así lo comprendió. Baranda y encomendó a la reconocida compe­tencia del licenciado Ignacio M. Altamirano la formulación de un proyecto para este objeto. Una vez terminado tan importante estudio, fue discutido por una comisión presidida por el ministro Baranda y formada por: licenciado Ignacio M. Altamirano, licenciado Justo Sierra, doctor Manuel Flores, señor Miguel Schultz, licenciado Miguel Serrano, profesor Joaquín Noreña, profesor Manuel Cervantes lmaz, licenciado Jesús Acevedo, profesor Enrique Laubscher, doctor Luis E. Ruiz y señor licenciado Alberto Lombardo.
Discutido y reformado convenientemente el proyecto, fue presentado al Congreso de la Unión. La Cámara expidió el decreto que creaba la Escuela Normal para Profesores, el 17 de dicembre de 1885 y poco después el Reglamento respectivo, el 2 de octubre de 1886, por medio del cual se facultaba al Ejecuti­vo para invertir $ 50,000 en la instalación del plantel.
La Escuela Normal para Profesores se inauguró el 24 de febrero de 1887, en la calle Cerrada de Santa Teresa, hoy Licenciado Verdad. Concurrió el Pre­sidente de la República, general Porfirio Díaz, acompañado de su Gabinete y del honorable Cuerpo Diplomático.
La Escuela Normal para Profesores contó con una Escuela Primaria Anexa y un jardín de Niños. El director de la Escuela Normal fue el licénciado Miguel Serrano, promotor de la Escuela Normal de Puebla. Enrique Laubscher fue nombrado director de la Primaria Anexa, y la profesora Matiana Munguía, directora de la Sección de Párvulos.
El profesorado de la Escuela Normal estuvo integrado por lnminentes perso­nalidades: Ignacio M. Altamirano; ingeniero Manuel María Contreras, matemático; profesor Alfonso Berrera, biólogo; profesor Miguel Schultz, geógrafo, y otros. Para las cátedras de pedagogía fueron designados Luis E. Ruiz y Ma­nuel Flores.
El Plan de Estudio que había de regir la flamante institución constaba de cuarenta y nueve cursos, distribuidos en cuatro años; lo que constituía un excesivo recargo de trabajo para los alumnos. Este pecado de origen no vino a remediarse sino hasta el año de 1892, en que se aumentó a cinco años el período de escolaridad.
Antes, en 1890, se había inaugurado ya la Escuela Normal para Profesoras de Instrucción Prímaria. Como se recordará, la Escuela Secundaria para Seño­ritas, instituida en 1867, fue reformada en 1878 por el ministro Protasio Tagle, ensanchando su horizonte pedagógico a fin de poder expedir títulos de profesoras. El ministro Baranda se propuso, y obtuvo del Congreso la autori­zación, en 1888, para transformar la antigua Secundaria de Señoritas, en Normal para Profesoras. El Reglamento relativo se expidió en diciembre -de 1889 y en febrero de 1890 se inauguró esta institución, homogénea en su estruc­tura a la de profesores. La sección de párvulos de la Normal para Profesores fue llevada a este nuevo plantel educativo.
La fundación de las dos Escuelas Normales, debida al entendido ministro Baranda, vino a poner término a la facultad hasta entonces ejercitada por el Ayuntamiento de México de otorgar los títulos de profesores a personas que carecían de la preparación necesaria para el ejercicio de la docencia. Dichas creaciones, asimismo, vinieron a coadyuvar, como certeramente lo percibió Baranda, a la tarea de unificar la enseñanza en la República.

1. Joaquín Baranda, ministro de justicia e instrucción Pública (1882)

1. Joaquín Baranda, ministro de justicia e instrucción Pública (1882).-La influencia de Rébsamen y Carlos A. Carrillo tuvo un carácter técnico-pedagógico, fundamentalmente. La orientación política y social de la enseñanza en la época porfiriana fue obra de! grupo de los positivistas y de los grandes polí­ticos de la educación.
La doctrina positivista lleva en su médula propósitos de socialización. En México esperaban los positivistas la revolución industrial para llamar a las filas de su movimiento al proletariado. Así se comprende la posición progresista de la política educativa de Joaquín Baranda y de Justo Sierra, los dos hombres que en el grupo de los "científicos" ocuparon siempre los puestos de avanzada.
El licenciado don Joaquín Baranda se hizo cargo del Ministerio de Justicia e Instrucción Pública en septiembre de 1882. Tenía ante sí la tarea de realizar pronta y eficazmente las públicas y reiteradas exigencias que en materia de educación los pedagogos de fines del siglo habían hecho circular por todo el país. Y Baranda estuvo a la altura de su elevado cargo: comprendió, con desusada perspicacia, el problema de la educación nacional y tuvo la requerida habilidad política para planteado y resolverlo en la medida que lo permitieron las circunstancias históricas de la época. Estaba convencido de que la educa­ción es factor imprescindible en el progreso y bienestar de los hombres; de que la escuela, por ende, en un país democrático, debe llevarse a todos los confines de la patria, pues sólo por este medio es posible crear la verdadera unidad na­cional; pero de que esto no es posible, si antes no se fundan instituciones ade­cuadas para la formación de maestros y un órgano administrativo que venga á controlar y uniformar la enseñanza. "La instrucción pública, dice Baranda, en la Memoria presentada al Congreso en marzo de 1887, está llamada a asegurar las instituciones democráticas, a desarrollar los sentimientos patrióticos y a rea­lizar el progreso moral y material de nuestra patria. El primero de esos deberes es educar al pueblo, y por esto, sin olvidar la instrucción preparatoria y profe­sional que ha recibido el impulso que demanda la civilización actual, el Ejecu­tivo se ha ocupado de preferencia de la instrucción primaria, que es la instruc­ción democrática, porque prepara el mayor número de buenos ciudadanos; pero, comprendiendo que esta propaganda civilizadora no podría dar los resultados con que se envanecen las naciones cultas sin formar previamente al maestro, ins­pirándole la idea levantada de su misión, el Ejecutivo ha realizado al fin el pensamiento de establecer la Escuela Normal para Profesores".

IV. LOS GRANDES EVENTOS PEDAGÓGICOS BAJO LA ACCIÓN EDUCATIVA DE JOAQUíN BARANDA

IV. LOS GRANDES EVENTOS PEDAGÓGICOS BAJO LA ACCIÓN EDUCATIVA DE JOAQUíN BARANDA

1. Joaquín Baranda, ministro de Justicia e Instrucción Pública (1882).-2. La fundación de las Escuelas Normales.-3. La Ley de Instrucción obligatoria de 1888.--4. La Inspección escolar-5. Los Congresos de Instrucción de 1889 y 1891.-6. Consecuencias inmediatas de la obra de los congresos de instrucción y de las nuevas leyes educativas en orden a la enseñanza primaria y normal.-7. El Decreto de 19 de mayo de 1896 y una concienzuda reorganización integral de la enseñanza.-8. La Dirección General de Instrucción Primaria y el estado que guardaba la educación elemental en la Republica en 1900.-9. Reformas en la enseñanza preparatoria y situación de ésta en el país al llegar el siglo XX.-10. La enseñanza profesional en esta poca.-ll. Instituciones de influencia educativa y escuelas no dependientes de la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública.-12. El estilo de política educativa de Joaquín Baranda.

IV. LOS GRANDES EVENTOS PEDAGÓGICOS BAJO LA ACCIÓN EDUCATIVA DE JOAQUíN BARANDA

IV. LOS GRANDES EVENTOS PEDAGÓGICOS BAJO LA ACCIÓN EDUCATIVA DE JOAQUíN BARANDA

1. Joaquín Baranda, ministro de Justicia e Instrucción Pública (1882).-2. La fundación de las Escuelas Normales.-3. La Ley de Instrucción obligatoria de 1888.--4. La Inspección escolar-5. Los Congresos de Instrucción de 1889 y 1891.-6. Consecuencias inmediatas de la obra de los congresos de instrucción y de las nuevas leyes educativas en orden a la enseñanza primaria y normal.-7. El Decreto de 19 de mayo de 1896 y una concienzuda reorganización integral de la enseñanza.-8. La Dirección General de Instrucción Primaria y el estado que guardaba la educación elemental en la Republica en 1900.-9. Reformas en la enseñanza preparatoria y situación de ésta en el país al llegar el siglo XX.-10. La enseñanza profesional en esta poca.-ll. Instituciones de influencia educativa y escuelas no dependientes de la Secretaría de Justicia e Instrucción Pública.-12. El estilo de política educativa de Joaquín Baranda.

5. Los "científicos".-

5. Los "científicos".-La política porfiriana fue una dictadura. Todos los funcionarios del Gobierno, dado lo ficticio de las elecciones eran empleados o asociados del Presidente. Hubo un grupo plutocrático, llamado de los científicos, que, sin ser un partido político, tenía una influencia decisiva en la marcha de la administración. A él pertenecían hombres como Ives Limantour, Carlos Pa­checo y otros muchos. El nombre delata su ascendencia positivista que comen­zó a usarse con este sentido, en 1892, cuando Justo Sierra pronunció un im­portante discurso, en el cual proclamó la necesidad de poner la ciencia como base de la política nacional. A fines del siglo XIX los ministros de avanzada liberal del grupo Por­firiano eran Baranda y Sierra. Al propio Sierra se debe la célebre frase: "E] pueblo tiene hambre y sed de justicia".

4. La vida intelectual





4. La vida intelectual.-.Ayudada por esta prosperidad floreció la poesia (Manuel Acuña, Rosas Moreno, Juan de Dios reza, Manuel M. Flores, Gui­llermo Prieto, Montes de Oca, Pagaza, Gutiérrez Najera, Manuel J. Othón, Salvador Díaz Mirón y Amado Nervo) la novela (Manuel Payno, Angel de Cam­po), la oratoria (Jesús Urueta, Olaguíbel, Lozano y Querido Moheno), la his­toria (Orozco y Berra, García Icazbalceta, Nicolás León, Bulnes y Rabasa). El periodismo tuvo singular importancia. El periódico El Imparcial, fundado en 1896, introdujo técnicas modernas, bajo la dirección de Reyes Spín­dola. Fue mucho tiempo periódico gobiernista. Entre los diarios independientes, cabe recordar el diario El Hogar, de Filomeno Mata y El Tiempo, de Victoriano Agüeros. Más tarde apareció El País, de orientación católica. Las publicaciones periódicas literarias más importantes fueron la Revista Azull y la Revista Moderna. En esta época hubo dos notables geólogos: Antonio del Castillo y Mariano Villada. En el ramo del derecho, descollaron: Vallarta, Wistano Luís Orozco, Ver­dugo y Alarcón, Labastida, Pallares, Aspiroz, Manuel Dublán y Montiel y Bárcena, y dos grandes biólogos y botánicos José N. Rovirosa y Manuel M. Duarte. Fueron arquitectos notables: Antonio M. Anza, Manuel Calderón, Emilio Dondé, Manuel Gorozpe, Francisco M. Jiménez, Miguel Noroña, Guillermo He­redia y Jesús F. Contreras. Entre los pintores, brillaron: Félix Parra, Manuel Ocaranza, lbarrarán y Ponce, Gonzalo Carrasco, Gedovius y Saturnino Herrán. El Teatro Nacional, el Hemiciclo a Juárez, el Monumento a Cuauhtémoc, las iglesias de San Felipe y la Sagrada Familia, etc., son obras erigidas en la época del porfirismo. En la música fue célebre el grupo de "Los Seis" ( Campo, Castro, Hernández Acevedo. Villanueva, J. Meneses y Quezada). Además, Elorduy y V. M. Preza. La medicina contó con tres eminencias: Martínez del Río (notable ciruja­no), Rafael Lucio (distinguido catedrático de patología interna) y Rafael La­vista (que destacó por sus magníficos estudios sobre la coxalgia y la que­ratitis).

3. La paz porfiriana


3. La paz porfiriana.-La vida económica recibió un impulso muy considerable en esta época. "Los ingresos en 1877-1878 importaron $ 19.776,638, y en 1909-1910 $ 106.328,845. Las importaciones en 1884 fueron de $ 23.786,684 y las exportaciones de $ 46.670,845. En 1'909-1910 ascendieron a $ 194.854,547 y $ 260.056,228, respectivamente. "En 1877 los ferrocarriles de México tenían una extensión de 578 kilóme­tros, y en 1910, incluyendo los ferrocarriles de los Estados, el total era de 24,559 kilómetros. La red telegráfica en 1877 tenía una extensión de 7,116 kilómetros, y en 1909, de 3.220,000 kilómetros. "La producción minera de oro y plata fue de $ 26.310,815 en 1877, y en 1909 llegó a $ 160.332,876. En 1877 casi no existían industrias, para 1910 había en movimiento 146 fábricas de hilados y tejidos, que producían $ 43.370,'912 Y ocupaban 32,229 obreros. Por cuanto a bancos, en 1877 solamente existía una sucursal del Ban­co de Londres, México y Sudamérica, con un capital de $ 500,000 Y al 30 de junio de 1910 había 32 bancos federales con un capital pagado de $172.665,400 y fondos de reserva de $ 61.461,426. "En las mejoras materiales de los puertos de Veracruz, Tampico, Manzani­llo, Coatzacoalcos y Salina Cruz, se gastaron $ 120.000,000. El desagüe del Valle de México costó $ 15.967,778. Las obras de agua potable y saneamiento importaron $ 12.000,000. En edificios públicos y otras mejoras se invirtieron $61.000,000. También debo referirme al magnifico sistema de pavimentos de asfalto, y a instalaciones de luz y fuerza eléctrica de gran importancia. El crédito comercial de México llegó a la altura del crédito de Alemania, y los últimos empréstitos de 1910 se colocaron al cuatro y medio por ciento y cuatro por ciento. Las reservas del Tesoro Federal en 1910 importaban: $ 65.000,000". Todo esto fue posible por las fuertes inversiones que hicieron los extranjeros en México; lo que resultó en cierto modo peligroso. La explotación de] petróleo se inició en México hacia 1909; el cable se inauguró en 1881 y el teléfono en 1882.

2. Las tres etapas del porfirismo.-

2. Las tres etapas del porfirismo.-Tres etapas pueden delimitarse en la épo­ca porfiriana; la primera es de pacificación, y se extiende hasta el año de 1896; la segunda se caracteriza por ser una fase de prosperidad (1896-1907); la tercera es un lapso de agitación política, ocasionada por excesos de la dicta­dura y por la naciente conciencia de las reivindicaciones sociales (1908-1910).

1. Díaz y González



1. Díaz y González.-2. Las tres etapas del porfirismo.-3. La paz porfiriana. 4. La vida intelectual - 5. Los. "científicos". 1. Díaz y González.-Porfirio Díaz ejerció el poder treinta y cinco años (1876.1911), distribuidos en nueve períodos presidenciales, todos de cuatro años, excepto el último que fue de seis. Ocupó la presidencia ocho de estos períodos; sólo en uno de ellos, el segundo, tuvo Manuel González la presidencia, bien que bajo la influencia de aquél.